viernes, 16 de mayo de 2014

Necesidades Especiales

Durante las anteriores entradas hemos estando hablando de los diferentes trastornos que puede sufrir un niño/a, trastornos como: el autismo, trastornos madurativos o generalizados del lenguaje, síndrome de Down...Todos ellos, aparecen recogidos dentro del currículo educativo mencionados como necesidades educativas especiales, llevándonos en muchos casos a un equívoco, ya que  sin querer asociamos necesidades especiales a estos trastornos obviando, a los niños con altas capacidades, inmigrantes o pertenecientes a grupos de riesgo, todos ellos encuadrados dentro de este término. 



En sí, el concepto es claro, necesidades especiales abarca todos las necesidades que se puedan dar dentro del proceso enseñanza y aprendizaje. En este sentido, hay que tener en cuenta, que estamos hablando de diferentes individuos dentro de un aula y que a pesar de que normalmente tengan unas características comunes, tales como la edad cronológica y por ello, unos procesos madurativos comunes,no necesariamente esto significa que sean iguales.
Por ello, para realizar nuestra labor de una manera eficiente y exitosa, debemos tener en cuenta, esa individualidad del alumnado. Es decir, aunque nuestra clase este compuesta por niños de cinco años, no todos tienen que estar en el mismo punto madurativo aunque su edad cronológica sea la misma, ya que cada uno tendrá su propio ritmo de aprendizaje o un medio socio familiar concreto, además de unas características personales que lo definan.
De ahí, que estas llamadas "necesidades especiales" escondan un amplio abanico de posibilidades que va desde niños/as con problemas económicos o que pertenezcan a un grupo de riesgo hasta niños con algún tipo de trastorno o con altas capacidades. Es decir, un cajón desastre, donde los profesionales de la enseñanza deben poner orden ya que  la Ley parchea un problema real al que se ven  sometidas las aulas del siglo XXI, altamente masificadas e ignoradas por los políticos. 
Dejando aparte esta polémica, queríamos dedicar una entrada del blog, a la explicación de este término tan erróneamente explicado por la ley, ya que, especiales y únicos, son cada uno de los alumnos que tenemos en el aula y como tal, deberían de ser tratados y lo que es más importante educados. 

No sería más correcto hablar en términos de  diversidad, y adaptar todo nuestro modelo de enseñanza aprendizaje a ese alumno concreto, eso sí, implicaría un mayor esfuerzo por parte del maestro/a que debería no solo variar sus programaciones didácticas en función de su clase, cosa que ya queda reflejado en la ley y que pocas veces se cumple, sino estar en un continuo proceso de formación como otros tantos profesionales en otras materias. 
Así, evitaríamos las etiquetas, tan poco útiles dentro del marco de la enseñanza y más concretamente dentro de la etapa de infantil, momento único en la vida del niño y especialmente idóneo para educar en valores, que deberían contribuir a crear una sociedad  más responsable, solidaria y tolerante hacia las diferencias que conforman la riqueza del mundo. 



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