sábado, 5 de abril de 2014

LA LEY CENICIENTA


Con este título bien podríamos pensar que estamos hablando de los cuentos de hadas de los famosos Hermanos Grimm. Pero no nos equivoquemos, bajo este nombre, se esconde una ley tan innovadora como necesaria, ya que reconoce uno de los derechos fundamentales del niño, el derecho a ser amado y cuidado o lo que es lo mismo a ser educado desde un apego seguro.
Así es, los británicos de nuevo se nos adelantan en temas legislativos de protección del menor. En estos momentos de crisis en España, donde los más pequeños son los que sufren de forma más cruenta los vaivenes de la economía. Aumentando el porcentaje de familias que viven por debajo debajo del umbral de la pobreza, parece obvio olvidar que además de los cuidados básicos, el niño tiene otras necesidades para poder  desarrollarse de forma adecuada en todas las facetas de su vida.
 http://www.abc.es/sociedad/20140401/abci-carcel-muestras-carino-hijos-20140
3311353.html
Así "la ley Cenicienta" aprobada en Inglaterra llega a imponer penas de más de diez años de cárcel para aquellos padres que priven, de forma deliberada, a sus hijos de muestras de cariño de forma prolongada. Y es que, aunque parezca natural, los casos de Crueldad emocional son cada día más numerosos. Se estima que 1.5 millones de niños británicos sufren abandono por parte de sus padres.


En paralelo, diferentes estudios concluyen que los niños que sufren una carencia afectiva durante la infancia son más propensos a padecer enfermedades psíquicas como depresión, llegando en algunos casos extremos al suicidio. 

Así, tal como eduquemos a nuestros pequeños,seguirán un modelo de apego distinto. Tal como explicamos en la primera entrada el creador de la Teoría del Apego, John Bowlby, basándose en la existencia de cuatro sistemas de conductas relacionados entre sí: el sistema de conductas de apego, el sistema de exploración, el sistema de miedo a los extraños y el sistema afiliativo, elaboró esta las bases de la misma.

A partir de esta,Mary Ainsworth propuso tres modelos de apego, el apego seguro, que sería aquel en que el niño/a se desarrolla de forma sana en todos los ámbitos de la vida. Y por otro lado, los dos siguientes, que se corresponderían con la situación que comenta el artículo, el apego inseguro evitativo y el inseguro ambivalente.

En el primer caso los cuidadores desatienden de forma continuada las necesidades del niño, provocando una respuesta de indiferencia, tanto hacia la madre como hacia el extraño. El segundo caso es más complejo, ya que provoca confusión en el menor, tal como indica su nombre, la madre atiende sus necesidades de forma aleatoria, creando incertidumbre y una mayor dependencia en el niño, que en vez de explorar su entorno aprendiendo asó de este, se limita a vigilar a la madre, invirtiendo los papeles de cuidador-niño. Esta actitud de la madre, se debe, según Ainsworth, a la necesidad de la madre de que el niño dependa completamente de su persona, anulando así al individuo que se convierte en un ser pasivo y triste. Ante la separación rompen en un llanto desconsolado incluso aunque las madres les atiendan, debido al alto grado de dependencia.

 Por último, algunos autores no hablan del apego inseguro desorganizado, que sería similar a los dos anteriores aunque más extremos aún en su conducta.

Concluiré, diciendo que este artículo pone de manifiesto los grandes retos  a los que se enfrenta la sociedad del siglo XXI en materia de educación, ya que esta ley solo nos habla de las primeras medidas que se está dando en el campo de la  protección al menor.  Pero aun queda mucho por hacer, ya que esta ley no recoge el paradigma que nos plantea la sociedad actual, tales como la incompatibilidad entre la vida familiar y laboral, las  políticas de conciliación familiar están fracasando, obligando a los padres a confiar la educación de sus hijos a unos terceros que son incapaces de crear los vínculos necesarios para su total desarrollo, debido en gran parte a la masificación de los centros. 


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